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Tramites básicos ante los consulados y sus formularios.

 




1. Expedición de Certificados
    · Certificados de inscripción consular para matrimonio,
    · certificado de inscripción consular para nacionalidad,
    · certificado de convivencia,
    · certificado de nacionalidad para homologación de títulos y
    · certificado para el trámite de solicitud de nacionalidad Española con valor de simple presunción.
2. Expedición de Pasaportes
    Para solicitar el pasaporte debe presentar el pasaporte anterior si lo tiene, la cédula de ciudadana y dos fotocopias de esta y tres fotos de tamaño 3.5 por 4.5 en color y fondo blanco. Los menores de edad deben presentar el registro civil de nacimiento donde conste el numero de cédula de los padres y dos fotocopias de éste; además, deberán venir acompañados de uno de los padres o del representante legal y aportar dos fotocopias de la cédula de ciudadanía o pasaporte del (los) mismo (s).
Los menores de edad deben presentar registro civil de nacimiento con sello original de la notaría (donde conste el número de cédula de sus padres), así como una copia del mismo.  Los menores deberán venir acompañados de uno de los padres o del representante legal y una fotocopia del documento de los padres.
3. Autorización de salida del país de menores de edad
    Para autorizar la salida del país de sus hijos menores de edad deberá presentar la cédula de ciudadanía o el pasaporte, y     fotocopia. Una vez realizada la autorización deberá enviar este  documento a Colombia a la persona que llevará al menor de edad al aeropuerto para que lo envíe por correo al Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia, área de legalizaciones, ubicado en la transversal 17 Nº 98-45, con teléfono 5251860 en Bogotá D.C., para legalizar la firma del funcionario consular.
    Este documento no se puede enviar por fax, debe ser por correo. A continuación el Ministerio se lo devolverá por correo a la dirección que usted indique. Una vez realizada esta gestión deberá presentar el documento en el momento en que el menor quiera salir de Colombia.
    Importante: Este documento caduca pasados 60 días desde su expedición.
4. Solicitud de expedición de cédula de ciudadanía
    Para solicitar un duplicado de cédula de ciudadanía deberá presentar el registro literal de nacimiento, un comprobante del grupo sanguíneo y del rh, tres fotos tamaño 5 x 4 en color y fondo blanco.  El tamaño de la cabeza deberá ser de 2.7 cms.
5. Solicitud de certificado de antecedentes penales
    Para solicitar un certificado de antecedentes penales deberá presentar original y fotocopia de la cédula de ciudadanía o pasaporte, fotocopia de la inscripción consular y dos fotos a color.  Actualmente este trámite no tiene ningún costo, y se adelanta por conducto del Consulado necesariamente. 
6. Registrar el nacimiento de niños
    Para registrar el nacimiento de un niño deberá presentar el registro literal de nacimiento español, traer el bebé y el comprobante del grupo sanguíneo del niño. Si los padres están casados, puede venir uno de los dos con los documentos de identidad y el bebé. Si no están casados, deberán venir los dos padres y él bebe.
7. Registrar el Matrimonio
    Para realizar el registro civil de matrimonio deberá presentar la partida literal de matrimonio español y los documentos de identidad de los interesados.
8. Inscripción Consular
    Para realizar la inscripción consular deberán presentar el pasaporte, una fotocopia de la hoja donde están los datos personales, dos fotos tamaño carnet y comparecer personalmente.
9. Autenticación de Poderes
    para autenticar un poder deberán traer el poder escrito y la cédula de ciudadanía o el Pasaporte.
10.Expedición de Libreta Militar
     Para solicitarla libreta militar deberá presentarse personalmente en el Consulado.
11.Trámite de Reconocimiento de Hijos
     Para realizar el tramite de reconocimiento de hijos deberá presentar copia del registro literal de  nacimiento colombiano, una fotocopia de la cédula de ciudadanía de los padres.

 

EL CONSULADO GENERAL DE COLOMBIA EN MADRID  ATIENDE PERSONALMENTE AL PÚBLICO, Y SIN NECESIDAD DE CITA PREVIA, ENTRE LAS 9:00 Y LAS 13:00 HORAS, DE LUNES A VIERNES, EXCEPTO PARA LA SOLICITUD DE VISADOS, QUE SOLAMENTE SERÁ ATENDIDA LOS DÍA MARTES Y JUEVES, EN EL MISMO HORARIO.

 
TASAS - CONSULADO GENERAL DE COLOMBIA EN MADRID 

EL CONSULADO GENERAL DE COLOMBIA EN MADRID NO ACEPTA DINERO EN EFECTIVO POR CONCEPTO DE TASAS, SÓLO ACEPTA JUSTIFICANTES DE PAGO LEGIBLES Y EN PERFECTO ESTADO (Únicamente se acepta el recibo amarillo).  EL INGRESO SE EFECTÚA A NOMBRE DEL CONSULADO GENERAL DE COLOMBIA, EN LA CUENTA NÚMERO 0182-4927-53-0291502656 DEL BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA -BBVA-.

RECOMENDAMOS contactar con el Consulado respectivo a efectos de confirmar el monto exacto de las tasas, pues varían según la oscilación del tipo cambiarioNingún importe ingresados es reembolsable.

 






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