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Tramites básicos ante los consulados y sus formularios.
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1. Expedición de Certificados
· Certificados de inscripción consular para matrimonio,
· certificado de inscripción consular para nacionalidad,
· certificado de convivencia,
· certificado de nacionalidad para homologación de títulos y
· certificado para el trámite de solicitud de nacionalidad
Española con valor de simple presunción.
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2.
Expedición de Pasaportes
Para solicitar el pasaporte debe presentar el pasaporte
anterior si lo tiene, la cédula de ciudadana y dos fotocopias de
esta y tres fotos de tamaño 3.5 por 4.5 en color y fondo blanco.
Los menores de edad deben presentar el registro civil de
nacimiento donde conste el numero de cédula de los padres y dos
fotocopias de éste; además, deberán venir acompañados de uno de
los padres o del representante legal y aportar dos fotocopias de
la cédula de ciudadanía o pasaporte del (los) mismo (s).
Los menores de edad deben presentar registro civil de
nacimiento con sello original de la notaría (donde conste el
número de cédula de sus padres), así como una copia del mismo.
Los menores deberán venir acompañados de uno de los padres o del
representante legal y una fotocopia del documento de los padres.
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3.
Autorización de salida del país de menores de edad
Para autorizar la salida del país de sus hijos menores de
edad deberá presentar la cédula de ciudadanía o el pasaporte, y
fotocopia. Una vez realizada la autorización deberá enviar
este documento a Colombia a la persona que llevará al menor de
edad al aeropuerto para que lo envíe por correo al Ministerio de
Relaciones Exteriores en Colombia, área de legalizaciones,
ubicado en la transversal 17 Nº 98-45, con teléfono 5251860 en
Bogotá D.C., para legalizar la firma del funcionario consular.
Este documento no se puede enviar por fax, debe ser por
correo. A continuación el Ministerio se lo devolverá por correo
a la dirección que usted indique. Una vez realizada esta gestión
deberá presentar el documento en el momento en que el menor
quiera salir de Colombia.
Importante: Este documento caduca pasados 60 días desde su
expedición.
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4.
Solicitud de expedición de cédula de ciudadanía
Para solicitar un duplicado de cédula de ciudadanía deberá
presentar el registro literal de nacimiento, un comprobante del
grupo sanguíneo y del rh, tres fotos tamaño 5 x 4 en
color y fondo blanco. El tamaño de la cabeza deberá ser de 2.7
cms.
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5.
Solicitud de certificado de antecedentes penales
Para solicitar un certificado de antecedentes penales deberá
presentar original y fotocopia de la cédula de ciudadanía o
pasaporte, fotocopia de la inscripción consular y dos fotos a
color. Actualmente este trámite no tiene ningún costo, y
se adelanta por conducto del
Consulado necesariamente.
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6.
Registrar el nacimiento de niños
Para registrar el nacimiento de un niño deberá presentar el
registro literal de nacimiento español, traer el bebé y el
comprobante del grupo sanguíneo del niño. Si los padres están
casados, puede venir uno de los dos con los documentos de
identidad y el bebé. Si no están casados, deberán venir los dos
padres y él bebe.
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7.
Registrar el Matrimonio
Para realizar el registro civil de matrimonio deberá
presentar la partida literal de matrimonio español y los
documentos de identidad de los interesados.
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8.
Inscripción Consular
Para realizar la inscripción consular deberán presentar el
pasaporte, una fotocopia de la hoja donde están los datos
personales, dos fotos tamaño carnet y comparecer personalmente.
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9.
Autenticación de Poderes
para autenticar un poder deberán traer el poder escrito y la
cédula de ciudadanía o el Pasaporte.
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10.Expedición de Libreta Militar
Para solicitarla libreta militar deberá presentarse
personalmente en el Consulado.
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11.Trámite de Reconocimiento de Hijos
Para realizar el tramite de reconocimiento de hijos deberá
presentar copia del registro literal de nacimiento
colombiano, una fotocopia de la cédula de ciudadanía de los
padres.
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EL CONSULADO GENERAL DE
COLOMBIA EN MADRID ATIENDE
PERSONALMENTE AL PÚBLICO, Y SIN NECESIDAD DE CITA PREVIA, ENTRE LAS 9:00
Y LAS 13:00 HORAS, DE LUNES A VIERNES, EXCEPTO PARA LA SOLICITUD DE
VISADOS, QUE SOLAMENTE SERÁ ATENDIDA LOS DÍA MARTES Y JUEVES, EN EL
MISMO HORARIO.
TASAS - CONSULADO GENERAL DE COLOMBIA EN
MADRID
EL CONSULADO GENERAL DE COLOMBIA EN MADRID NO ACEPTA
DINERO EN EFECTIVO POR CONCEPTO DE TASAS, SÓLO ACEPTA JUSTIFICANTES DE
PAGO LEGIBLES Y EN PERFECTO ESTADO (Únicamente se acepta el recibo
amarillo). EL INGRESO SE EFECTÚA A NOMBRE DEL CONSULADO GENERAL DE
COLOMBIA, EN LA CUENTA NÚMERO 0182-4927-53-0291502656 DEL BANCO BILBAO
VIZCAYA ARGENTARIA -BBVA-.
RECOMENDAMOS contactar
con el Consulado respectivo a efectos de confirmar el monto exacto de
las tasas, pues varían según la oscilación del tipo cambiario.
Ningún importe ingresados es reembolsable.
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